En los sistemas de Derecho consuetudinario (Derecho anglosajón), la tenencia de la tierra (land tenure en inglés, del verbo francés "tenir", tener) es el régimen legal en el cual la tierra propiedad de una persona física o jurídica es tenida por otra persona (normalmente física) denominada el tenedor de la tierra, merced a un acuerdo (explícito o tácito) entre ambas personas.[1]
El régimen de tenencia de la tierra determina quién puede utilizarla, durante cuánto tiempo y bajo qué condiciones. La tenencia puede basarse tanto en leyes y políticas formales como en costumbres locales informales (en la medida en que una ley superior lo permita). En otras palabras, la tenencia de la tierra implica un sistema según el cual la tierra está en manos de un individuo o de quien la cultiva (la trabaja), pero esta persona no tiene la propiedad, solamente la posesión (jurídicamente se puede diferenciar la posesión de la simple tenencia).
Este régimen determina los derechos y responsabilidades del tenedor (que también, según la RAE, puede denominarse teniente)[2] en relación con su tenencia. El rey, conocido en Inglaterra como la Corona, por su propia condición de monarca, era propietario de tierras (es decir, nadie le había transferido esta propiedad). Todos los que en Inglaterra poseían tierras eran tenientes o subtenientes del monarca. La tenencia significa una relación legal, entre el tenedor y el propietario, que organiza los deberes y derechos de ambos en relación con la tierra. A lo largo de la historia se han establecido muchas formas diferentes de tenencia de la tierra.
Es difícil explicar y entender el concepto de tenencia de la tierra porque deben usarse palabras con muchos significados, de los cuales solo algunos son válidos para el caso. Por ejemplo, la RAE da a propiedad 8 significados,[3] de los cuales solo es válido el primero, «facultad de poseer alguien algo y poder disponer de ello dentro de los límites legales», y encima no aclara la diferencia con posesión, que es fundamental para la cuestión. El terrateniente (landowner) es el propietario de la tierra, y no un teniente ni un tenedor, aunque la palabra se forme con la misma raíz. Por su parte, de los 6 significados que la RAE da a posesión,[4] se aplica en esta explicación el últimoː «situación de poder de hecho sobre las cosas o los derechos, a la que se otorga una protección jurídica provisional que no prejuzga su titularidad».